HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Coches y motor en general
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MAZINGER
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HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por MAZINGER »

Hola Amigos,

a ver si alguno ha pasado ya por esto y puede echarme un cable:

El Jag XF está a nombre de empresa y ahora hemos recibido un REQUERIMIENTO de la Agencia Tributaria en relación a la liquidación del IMPUESTO SOBRE EL VALIOR AÑADIDO, correspondiente al periodo de la fecha matriculación, porque dice que se han detectado ciertas incidencias.
Solicitan que se presente justificación de las operaciones a las que corresponde la cuantía declarada en concepto de "IVA deducible por cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes"; Se requiere que aporte copia de la factura que documenta la adquisición de fecha XX del vehículo matriculado XXXX marca Jaguar.

Lo he consultado con los asesores y dicen que ahora Hacienda busca dinero, y que salvo poder justificar que el vehículo se dedica exclusivamente para la empresa, procederán a aplicar que solo el 50% de las cuotas sean deducibles, pues el resto lo considerarían uso particular.

Pregunta:
ALGUIEN HA PASADO YA POR AQUI Y HA SALIDO AIROSO ???
QUE CLASE DE JUSTIFICACION APORTAR :
- rotulacion del vehiculo (mal tema)
- diario de kilometros y fechas de uso, con las visitas/viajes realizados
- notario que de fe de algo???
- se aceptan propuestas.

GRACIAS !!
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TheShadow
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por TheShadow »

Efectivamente, este pais a nivel economico, se ha quedado como un Solar y hacienda y otros organismos estan "tiesos" y buscan de donde pueden. tambien mi asesor economico me ha comentado a este respecto (yo tengo un vehiculo a nombre de la empresa), y salvo vehiculo extrictamente profesional (vehiculo industrial, sin ventanillas traseras, etc o furgoneta), es muy dificil demostrar que solo se usa para uso profesional, incluso aunque sea cierto.
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JoseJaguar
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por JoseJaguar »

¿Hay que demostrar que el uso del vehículo es exclusivamente para empresa? ¿qué pasa, que ahora se es culpable hasta que se demuestre lo contrario? Yo alucino de cómo está el panorama.

En fin, suerte Mazinger, a ver si puedes documentar el tema lo suficientemente bien para continuar con el 100% de deducción.

Saludos.
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blackdub25
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por blackdub25 »

El tema este no es nuevo, Hacienda dice que tienes que desgrabar un 50 % del vehiculo no como compras corrientes sino como bienes de inversion (si eres persona fisica, autonomo o empresario y tienes otro vehiculo puesto a tu nombre yo le pondria pegatinas de mi empresa por todo el vehiculo nuevo o lo rotularia y lo pondria en la puerta de Hacienda para que lo viera el inspector ya que esta es la unica manera que a lo mejor tienes para poder desgrabar el 100%, todo depende del inspector y suerte claro, sino, te realizaran una liquidacion complementaria para liquidar el 50% del IVA.).

Se me olvidaba comentarte que la sancion seria por ejemplo si has desgrabado 8.000? de IVA tendrias que devolver 4.000? y la sancion seria sobre 4.000? el 50% , menos el 30% por conformidad, menos el 25% por pronto pago, por lo que la sancion seria de 1.050? mas los intereses

Ya puestos si te exigen estas cantidades y la crisis que tenemos solicitaria el aplazamiento de deudas ya que hasta los 18.000? no necesitas ningun tipo de aval y propondria un pago mensual de unos 75? asi se haria mas llevadero el pago, el impreso lo puedes encontrar en Hacienda o el la pagina web de AEAT es el ANEXO II SOLICITUD DE APLAZAMIENTO DE DEUDAS HASTA 18.000?.
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joaquinalonso
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por joaquinalonso »

Este tema no es nuevo. Hace muchos años que los coches que pasan de un valor de 40-50 mil Euros aunque se compren a nombre de la empresa, se tiene que declarar siempre un porcentaje deducible por uso de empresa, y otro NO deducible por uso particular, ya que la gran mayoria , aunque se utilicen en la empresa, también tienen uso particular. Digamos que el abuso que se ha hecho de este tipo de compras, hace que hacienda cuando necesitan dinero inspeccione más.
Conozco alguna persona que se ha comprado un porsche 911 o un Cayene Turbo, y lo han declarado como coche de empresa al 100%, y salvo alguna rara excepción, todos sabemos que el uso mayoritario es uso personal, y no de empresa.
Si tienes un gestor minimamente bueno, siempre te aconsejará que si compras un coche ( salvo que sea industrial ), siempre hay que declarar un porcentaje como empresa y otro como particular.
Si lo miras de un modo razonable, es normal que sea así, porque yo diría que un 90% de este tipo de coches se utilizan mucho a modo particular. Lo que ocurre es que como estamos en un país de listillos, la gente para ahorrarse un buen pico de IVA, lo ponen a nombre de la empresa. Yo pienso que no es justo. Es más razonable pensar que si el coche lo utilizas aproximadamente un 60% para empresa, lo declares por ese valor, y el resto del IVA lo pagues como particular.
Dependiendo del valor que te hayas desgrabado de IVA, si Hacienda quiere, te puede buscar "las cosquillas ", ya que las revisiones, y otros gastos del coche también deberían estar a porcentaje.
El caso que yo conozco, pasó hace 5-6 años atrás, y tuvo que pagar a Hacienda el valor que ellos estipularon, a parte de una multa.
Por desgracia, el abuso de este tipo de compras, afecta al pobre que utiliza el coche mucho para la empresa.
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Nadie Ulises
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por Nadie Ulises »

Hola Mazinguer.

El tema no es tan fácil como parece aunque veo que ya te están dando ideas de por donde van los tiros.
En primer lugar es imposible que un coche de estos te lo puedas imputar al 100% ya sea por compra o por leasing o por renting en cualquier cosa tendrás que aplicarte la parte proporcional.

En teoría lo que deja Hacienda es el 50% Ojo no para cantidades ilimitadas apartir de 50.000 suele ser más dificil de justificar. Esto no soslo es aplicable al IVa sino también a la amortizaciópn si lo compras en propiedad o al % de gasto deducible de la cuota de renting ah y ten en cuenta que si está a nombre de la empresa y tu lo que utilices a nivel particular es un ingreso en especie que la empresa te hace y que debes calcular.

Por tanto debes demostrar el % del vehículo que es de empresa y el que es particular. Eso en principio si lo que quieres es más del 50% de deducción.

Como muy bien dices una de las bases es el Kilometraje. En ese caso deberás anotar todo lo que hagas día a día y decir lo que es de empresa y lo que es particular si sobre el total más del 50% es de empresa perfecto sino olvidate por que además del trabajo te autoperjudicas. Este es el metodo más seguro para que te lo acepte Hacienda y deben aparecer como te digo todos los movimientos del coche detallando día trayecto y si es privado o empresa. Ejemplo hoja excel, es lo que hago yo.

Tambiémn podría servir serviría tener un parquing de empresa y demostrar que el vehículo se queda ahí el fin de semana y las vacaciones y que tú tienes otro vehículo privado. Como demostrarlo no se me ocurre, eso sería para el 100%. Otra es decir que tu utilizas el coche para empresa de Lunes a Vierens laborables y el fin de semana y vacaciones privado eso da aprox 60% empresa 40% privado, no obstante podrían decirte sio entre semana no vuelves a casa con el coche y eso podrían interpretarlo como privado y volver al 50%.

Saludos,

p.d. Por cierto no te vimos por la salida del otro día de Barcelona entra y miratela me preguntaron por tí.
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MAZINGER
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por MAZINGER »

Gracias por las respuestas, ya veo que esto está complicado.. aun siendo real que es vehiculo de empresa, que duerme en garaje de empresa, etc....

Ahopra esperaré la decisión de los "supertacañones" y si optan por el 50% - 50% entonces pelearé para demostrar que como máximo debería ser un 65-35% por el tema de festivos/vacaciones, etc.

Por ultimo, en tu caso Ulises.... no lo llevas rotulado, y aun así aceptan el tema de <50% solo con los KMS ? Es interesante saberlo, para aplicarme el cuento.


Saludos.
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citronio
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por citronio »

Hola a todos, por lo que respecta a mi experiencia, deciros, que hacienda ahora mismo solo traga con vehículos comerciales, que se matricule a nombre de empresa o autónomo y si es posible con solo 2 asientos. A partir de ahí, para otro tipo de vehículos, hay que demostrar el entero uso empresarial. ¿como? pués como le apetece al inspector de turno.Os recomiendo hablar con n buen asesor a ver que truquillos conoce.
suerte
charlipap
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por charlipap »

Hola Mazinger,

Veo que leo tarde este comentario y seguramente será porque me han levantado el gato que iba a comprar. Espero encontrar otro antes de fin de año.

Respecto a tu problema, éste nace de que la normativa de iva incluye una excepción en cuanto a la deducibilidad del iva soportado en la compra de vehículos. En ella fija un porcentaje del 50% para los turismos y solo admite el 100% en el caso de los "agentes comerciales" (dados de alta en el epígrafe correspondiente del IAE).

Esto que te digo solo tiene efectos respecto del iva. En cuanto a la consideración de gasto deducible de todos los gastos que ocasione el vehículo, la sociedad o el empresario es soberano en cuanto a su consideración de gasto o no. Es decir, puede deducirse el 50% de la cuota de iva soportado en la adquisición del coche y puede aplicarse otro porcentaje superior en la imputación a gasto de la amortización contable, del seguro anual, de los gastos de mantenimiento, etc. En estos gastos es donde cabe discusión y hacienda puede "pelear" un importe menor que el considerado por el empresario. Aunque aquí es donde Hacienda aplica la famosa "prueba diabólica", que supone que un contribuyente tiene que demostrar la negación de algo. Te pongo un ejemplo, ¿como justificarías que no das un uso particular al vehículo?. Difícil, ¿no?.

También tengo que decirte que, el año pasado, hubo una sentencia, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que altera totalmente los argumentos de Hacienda. Te paso el link del comentario que un compañero hace sobre la misma, y en el que tienes el link de la sentencia. Te adelanto una parte del contenido "para abrir boca" :

"Esta sentencia considera que es válido que los sujetos pasivos del impuesto deduzcan la totalidad de la cuota soportada en la compra de un turismo afecto a su actividad, siempre que dicha afectación sea efectiva, aunque su uso sea a tiempo parcial o limitado.

Una decisión que se apoya en una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de fecha 17 de Julio de 1991, que estableció que un sujeto pasivo que utiliza bienes necesarios para su actividad económica tiene derecho a deducir las cuotas soportadas en la adquisición de dichos bienes -por reducido que sea el porcentaje de utilización para fines profesionales-.

La 'casa' de la AEAT, tanto en Gestión Tributaria como en Inspección de los Tributos no aplican el fallo de la sentencia del TSJ de Valencia, sino la normativa perfectamente tasada en la LIVA. Sin embargo, hay que recordar que el IVA es un impuesto reglado a nivel comunitario y de obligado cumplimiento para todos los miembros"


El link del comentario es el siguiente:

http://profesionales.laopiniondemurcia. ... -valencia/

Espero que te ayude, al menos, a tomar una decisión en la resolución de tu expediente.

Saludos desde Pamplona
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Mario
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por Mario »

[quote="MAZINGER"]
Pregunta:
ALGUIEN HA PASADO YA POR AQUI Y HA SALIDO AIROSO ???

Por darle un toque de humor a este asunto, sin pretender quitarle importancia a tu problema, ni frivolizar, permiteme que te diga lo que me dijo un amigo cuando los señores del fisco tocaron en mi puerta.

Me dijo, una inspección de hacienda es como una luna de miel para una mujer, porque te pongas la ropa que te pongas para ir a ver al inspector, ya sea de pedigüeño o lo que sea, te pasa como a la recién casada en la noche de bodas, que se ponga la ropa que se ponga " se da por jodida " :goodman: y efectivamente, dicho y hecho. Ya empiezo a sentarme sin dolor, pero al principio no lograba caminar derecho y llevaba las piernas algo abiertas.

Bromas aparte, espero que soluciones el problema, y veo que varios foreros conocen la materia tributaria y han publicado unos post con información que te puede servir de ayuda.

Saludos
Mario
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MAZINGER
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por MAZINGER »

charlipap escribió:También tengo que decirte que, el año pasado, hubo una sentencia, del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que altera totalmente los argumentos de Hacienda. Te paso el link del comentario que un compañero hace sobre la misma, y en el que tienes el link de la sentencia. Te adelanto una parte del contenido "para abrir boca" :
Muchissssimas gracias por la valiosa información Charlipap, se la paso al dpto. correspondiente para que lo prepare por si llega la resolución de Hacienda pidiendo 50%, porque de momento solo han iniciado el expendiente, solicitando la factura de compra, etc.

Por cierto, espero que encuentres ese gato que buscas.

Saludos.
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Alcon
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Re: HACIENDA - IVA DEDUCIBLE

Mensaje sin leer por Alcon »

El problema es que Hacienda no va a dar su brazo a torcer, a no ser que la cosa esté muy muy clara, y en este caso no es así. Por lo que si quieres que te puedan dar la razón probablemente tendrás que ir a la via judicial. Lo que supondrá más gastos, y si bien existe una sentencia en sentido que expresa el compañero, habrá cincuenta o más que digan lo contrario.

Saludos
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