BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Modelos Jaguar/Daimler de más de 25 años...
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jinigor
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BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por jinigor »

Hola a todos,
Al igual que muchos de vosotros tengo el placer de disfrutar de un vehículo histórico, legalizado como tal con su matrícula histórica.

Antes de matricular el año pasado el vehículo como histórico, solicité del Ayuntamiento de Valencia la bonificación del 50% de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, conforme a la ordenanza correspondiente. Se me concedió con carácter indefinido, dado que cumplía los requisitos exigidos, entre ellos que mi vehículo tuviera más de 25 años.

Una vez matriculado mi vehículo como histórico, y constando en el Registro de Vehículos de Tráfico mis dos matrículas, la original con su distintivo provincial (V-BC) y la nueva como clásico (H-BBC), el Ayuntamiento de Valencia me gira el recibo del citado impuesto para el presente ejercicio pero sin aplicarme la bonificación del 50%, que en su día solicité y que se me concedió con carácter permanente.

La única explicación lógica es que tanto Tráfico como mi Ayuntamiento consideran que la matriculación como histórico de un vehículo es equivalente a matricularlo como si fuera nuevo, con lo cual deja sin efectos las bonificaciones previas concedidas! Lo más curioso, es que mi coche sigue conservando la matrícula con distintivo provincial original, con arreglo a la cual se solicitó y se concedió dicha bonificación, con lo que el propio Ayuntamiento se contradice al retirarme dicha bonificación.

¿A alguno de vosotros le ha pasado algo parecido?

Saludos
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Mauricio
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por Mauricio »

Hola,
Como Presidente de nuestro Club de Clasicos me toca pasar los coches de nuestros socios extranjeros de sus matriculas originales a matriculas historicas.
Al pasar la ITV me entregan la Ficha Tecnica de lo cual una copia es para el Ayuntamiento y ellos emiten el Impuesto cuya copia requiere Trafico para la matriculacion. En todos los casos que hemos intervenido, hay que pagar ese recibo porque lo consideran como una alta nueva. Lo que hacemos cuando se obtiene la matricula historica nueva es volver a solicitar dicha bonificacion. Si no se hace el Ayuntamiento emiten el recibo sin bonificacion en el proximo ejercicio.
Lo raro es que no te emiten dos recibos, uno por el coche historico y otro por el mismo coche pero con la matricula original.
Suerte
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mayor29649
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por mayor29649 »

Hola Mauricio, me alegro de "verte", se te echaba en falta por aqui... :D
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jinigor
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por jinigor »

Hola Mauricio,
Gracias por tu aportación. Tiene toda la pinta de tratarse de esto: cada vehículo que se matrícula como histórico automáticamente lo consideran como una nueva matriculación, con lo que hay que volver a solicitar la bonificación. Lo que me sorprende es que nadie me haya comentado este tema antes, ni el amigo que me tramitó la matriculación como histórico (se dedica a ello de modo profesional) ni otros amigos que también han matriculado sus vehículos como históricos.

Sinceramente, creo que la cosa interesa, porque el vehículo en cuestión sin bonificación paga 200.-? debido a su elevada potencia fiscal, que con la bonificación se queda en la mitad. No sé cuanto se pagará en otros sitios, me imagino que por ahí irán por ahí las cifras.

Dado que muchos de nuestros coches están cerca de los 25 años, que pueden beneficiarse de dichas bonificaciones en muchos ayuntamientos y que también pueden ser matriculados como históricos es importante tener esto en cuenta, y más dada la notable cilindrada media de sus motores y su elevada potencia fiscal!

Saludos
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TheShadow
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por TheShadow »

La exención del impuesto de circulación anual, es prerrogativa de cada ayuntamiento en particular, por tanto, en unos te la aplican y en otros no.
Por ejemplo, en el ayuntamiento de pozuelo de Alarcón, si hay exención, y por tanto hay que aplaudirlo y apoyarlo, por contra, en el ayuntamiento de Madrid, no hay exención, y por eso yo cuando tenía clásico, y me invitaban a pasearlo por la castellana, la denegaba educadamente. Si el ayuntamiento te apoya, le apoyas tú, en caso contrario yo noooo.
Albert2011
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por Albert2011 »

TheShadow escribió:La exención del impuesto de circulación anual, es prerrogativa de cada ayuntamiento en particular, por tanto, en unos te la aplican y en otros no..
Exactamente, añadir que la exención, o en su caso bonificación, lo es como consecuencia de tener el vehículo más de 25 años y previa solicitud (al menos,hasta hace dos años), y los matrículados históricos, deben obligatoriamente de tener otra matrícula (la que ya tenían española, pudiendo circular con cualquiera de ellas), o si nunca la han tenido, se le asigna una moderna, aunque en este caso solo pueda circular con la que figura en el permiso de circulación, la histórica. Más bien pienso que el caso en concreto, sería un error.
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Mauricio
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por Mauricio »

Hola.

Como antes habia dicho, me toco lidiar con el Ayuntamiento de Nerja el tema de las bonificaciones. En el primer acuerdo concedieron una bonificacion del 50% para cualquier coche con mas de 25 años, y el 100% a los coches con Matricula Historica.
Como tampoco estabamos de acuerdo con estas bonificaciones (creiamos que no deberia de haber diferencias algunas), presentamos un escrito y esta vez si lo cocedieron a todos los coches de mas de 25años.
He copia dicho escrito dejando en blanco algunos datos para que cualquier particular lo pueda copia y presentarlo en el Ayuntamiento de vuestra localidad.
Hay que animarse y darles trabajo a los politicos y recuerden que el "no" siempre lo tenemos.




D.___________________________________________, mayor de edad, con

N.I.F Nº ___________________, vecino de__________________________ ,

Calle________________________________________________________ ,



EXPONE:



PRIMERO.- La Comisión de Educación y Cultura del Congreso de los Diputados aprobó en 1988, una proposición no de ley, en la que se instaba al Gobierno para que se protegieran y tutelaran los automóviles de interés histórico, de acuerdo con las previsiones de la Ley de Patrimonio Histórico Español.

SEGUNDO.- Fruto del mandato parlamentario, el Gobierno aprobó en 1.995 el Reglamento de Vehículos Históricos por el que se estableció un régimen especial para salvaguardar el carácter representativo y simbólico de una determinada época de producción automovilística, dada la importante significación que la misma tuvo en la cultura de nuestros tiempos.

TERCERO.- Con efectos del día 1 de enero de 1.999, y a instancias de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA), las Cortes Generales han aprobado mediante la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, una modificación del art. 96 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, para posibilitar a los ayuntamientos el establecimiento de una bonificación de hasta el 100 por 100 de la cuota del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica para los vehículos históricos o de más de veinticinco años de antigüedad, adaptando así nuestra normativa fiscal a la del resto de los países de la UE.

Por ello, al amparo del derecho establecido en el Art. 29.1 de la Constitución Española, y con el fin de hacer efectivos tanto el mandato parlamentario como la previsión legal ahora aprobada,



SOLICITA a V.E.;



Promueva ante el Pleno del Ayuntamiento de _______________________________________, la aprobación y publicación, de acuerdo con la Ley 50/1998, de 30 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social-, de una modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica con el siguiente tenor literal:&127;

"Los vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación gozarán de una bonificación del 100 por 100 de la cuota del Impuesto.
Caso de no conocerse dicha fecha se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar".


En___________________________, a ____ de _______________ de 20__

(firma)

Exmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de_________________________________________
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jinigor
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Re: BONIFICACIÓN IVTM PARA CLÁSICOS

Mensaje sin leer por jinigor »

Hola,
He pagado religiosamente el impuesto -qué remedio-, y he vuelto a solicitar de nuevo la bonificación que me corresponde por la edad de mi coche (si tiene más de 25 años le corresponde el 50%); presentada la instancia y toda la documentación requerida (recibo del impuesto pagado, ficha técnica, permiso de circulación, ahora como histórico, fotocopia del DNI), espero que me la concedan con carácter permanente, tal y como me aseguraron la primera vez que la solicité...
Ya os contaré cómo queda el tema.
Saludos :yawinkle:
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